Otro Comité de las Naciones Unidas dice que el Aborto puede ser un derecho, pero no por razones de discapacidad
NUEVA YORK, Octubre 27 (C-Fam) El comité de la ONU que vigila el cumplimiento de la Convención de Discapacidad declaró que las naciones deben facilitar el acceso al aborto como un derecho humano, pero que no deben hacerlo solo en función de las discapacidades. Tal distinción estigmatiza a las personas con discapacidad y es una violación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, afirmó el comité.
La declaración vino en respuesta a un borrador del comentario general emitido por otro comité de la ONU, el Comité de Derechos Humanos (CDH), que recientemente ha anunciado su intención de interpretar el artículo sobre derecho a la vida con nuevos significados en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966. Esto incluye excluir al niño por nacer del “derecho a la vida”, y la aceptación de la eutanasia.
Cientos de grupos pro-vida, 51 miembros del Congreso y los gobiernos nacionales, incluyendo los Estados Unidos consideraron protestar.
El pasaje problemático en el proyecto del comentario general del CDH dice: “Los Estados Partes deben proporcionar un acceso seguro al aborto para proteger la vida y la salud de las mujeres embarazadas, y en situaciones donde llevar un embarazo a término causaría dolor o un sufrimiento sustancial a la mujer”, sobre todo cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto, o cuando el feto sufre de una discapacidad fatal. ”
Cuando el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) presentó sus preocupaciones, dijo que el CDH debería eliminar las palabras, “sobre todo cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto, o cuando el feto sufre de una discapacidad fatal”. No señaló nada respecto al problema con el resto del pasaje.
“A menudo no se puede decir si una discapacidad es fatal”, explicó el Comité de la CDPD, “La experiencia demuestra que las evaluaciones sobre las condiciones de discapacidad a menudo son falsas. Incluso si no es falso, la evaluación perpetúa las nociones estereotipadas sobre la discapacidad como incompatibles con una buena vida “.
El Comité de la CDPD pudo haber ido más lejos y declarar que el aborto es una violación del derecho a la vida. Pudo haber afirmado que las personas con discapacidad deberían estar protegidas del aborto por completo. El hecho de no hacerlo, resulto decepcionante para los defensores de la vida quienes han criticado la tendencia general por expertos de la ONU, para reinterpretar los tratados e incluir el derecho al aborto.
Uno de los expertos pro-vida de la ONU declaro a Friday Fax: “El comentario del Comité de la CDPD expone la absurda lógica de la noción del sistema de derechos humanos de la ONU sobre no discriminación. Dice que puedes realizar un aborto eugenésico siempre y cuando el propósito declarado no sea eugenésico “.
El mensaje ambivalente del comité de la CDPD ha demostrado ser ineficaz en el pasado. En el 2011, le dijo a España que aboliera cualquier distinción en sus leyes abortistas basadas en la discapacidad, pero al igual que en su declaración reciente, no tuvo ningún problema con el aborto en general. España ignoró la recomendación del comité de la CDPD cuando revisó sus leyes en 2015.
La organización provida Centro Europeo de Derecho y Justicia vio un lado positivo en la declaración del comité de la CDPD, porque se oponía directamente al uso del CDH sobre la malformación del feto, violación e incesto para presionar a los países tradicionales de terminar con la protección legal de los niños antes del nacimiento.
El CDH llama “cruel e inhumana” a la protección de un niño no nacido con discapacidad en el Perú. El personal de la ONU y otros comités, incluido el Comité contra la Tortura, han seguido ese ejemplo. El Secretario General de la ONU citó la instancia del Perú cuando dijo a los Estados miembros de la ONU que estaban obligados a proporcionar el aborto como un derecho de reparación en situaciones de conflicto armado.
Traducción: Marcela Palos
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