Delitos de género internacionales emanados de la ONU
NACIONES UNIDAS, 28 de enero (C-Fam) La ONU está a punto de definir nuevos «delitos de género» en el derecho penal internacional. Las naciones occidentales desean que estos incluyan la oposición al aborto y a las cuestiones LGBT por parte de los líderes políticos y, posiblemente, de los ciudadanos.
La mayoría de los países occidentales quieren que el término «género» quede sin definir en un nuevo tratado de la ONU sobre delitos de lesa humanidad para incluirlo como construcción social y englobar los asuntos de identidad sexual y de género. También desean que se incluya en el tratado una serie de nuevos delitos de género, como el «apartheid de género» y la «violencia reproductiva».
La Santa Sede y los países tradicionales, principalmente de Asia y África, se opusieron a este esfuerzo en un comité especial de la Asamblea General que se reunió durante las dos últimas semanas para debatir un borrador preliminar del tratado. Insistieron en la necesidad de definir el género para evitar la instrumentalización del derecho penal internacional contra los conservadores.
Los países tradicionales advirtieron que el nuevo tratado convertiría toda oposición a los derechos feministas, homosexuales y transgénero en un posible delito internacional. Esto incluye el apoyo a leyes y políticas que protegen el matrimonio y la familia natural, cualquier límite a los derechos homosexuales y transgénero, y la desigualdad para las mujeres medida a través de cuotas.
Aunque la mayoría de las conversaciones preliminares se celebraron a puerta cerrada, algunas intervenciones fueron publicadas en el sitio web del comité.
El último día del comité, un delegado iraquí pronunció una enérgica declaración a favor de la familia en nombre de varias naciones islámicas. Argumentó que una definición fluida de género socavaba la familia tal como se define en el derecho internacional. Afirmó que la «familia como núcleo, compuesta por dos cónyuges de sexos opuestos y su eventual filiación» era una «experiencia humana universal» y que tenía «estatus positivo y legal» en el derecho internacional. Por esta razón, el género solo podía entenderse como referido a los dos sexos biológicos, masculino y femenino.
La delegación de México, que es insistentemente pro-LGBT, intentó inmediatamente y sin éxito eliminar la declaración iraquí del registro. Las delegaciones que se unieron a la declaración fueron las de Argelia, Baréin, Egipto, Irán, Jordania, Kuwait, Libia, Omán, Pakistán, Qatar, Arabia Saudí, Sudán, Siria, Túnez y Yemen.
La delegación de Burundi criticó la decisión de omitir una definición de género por parte de la Comisión de Derecho Internacional, que preparó el borrador inicial del tratado, indicando que buscaba hacer una «aplicación politizada» e introducir «incertidumbre jurídica».
Burundi solicitó que, si se mantiene el término «género» en el tratado, debe «definirse clara y expresamente como referido únicamente a los dos sexos, masculino y femenino, y que cualquier interpretación más amplia o en evolución sea excluida de manera explícita».
Burundi también se opuso a la creación de nuevos delitos de género, como el «apartheid de género», porque era un concepto demasiado vago para utilizarse en leyes penales. «Si bien condenamos inequívocamente todas las formas de discriminación y desigualdad histórica contra las mujeres, no todas las desigualdades alcanzan el nivel de delitos de lesa humanidad».
La delegación de Namibia rechazó la justificación de la Comisión de Derecho Internacional para eliminar la definición de género. La comisión citó las recomendaciones no vinculantes y los resultados del trabajo realizado por las instancias de derechos humanos de la ONU y del fiscal de la CPI (Corte Penal Internacional) indicando que establecían nuevas obligaciones para reconocer el género como construcción social en el derecho internacional, incluidas las cuestiones de orientación sexual e identidad de género.
La declaración de Namibia afirmó que estos eran documentos «ambiguos» de las dichas instancias y que ni eran vinculantes ni fiables y, por tanto, no podían proporcionar «ni la claridad legal ni la certeza jurídica» necesarias en el derecho penal. Namibia dijo que, en lugar de lo propuesto, el nuevo tratado debería seguir utilizando la definición precisa de género como masculino y femenino del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
El debate tuvo lugar en el comité preparatorio de la Asamblea General, encargado de organizar la conferencia diplomática que se espera negocie y adopte el nuevo tratado en 2029. El siguiente paso es que las delegaciones preparen enmiendas escritas para su presentación antes del 30 de abril de este año. El comité preparatorio debe decidir las normas procedimentales y las fechas finales de las conferencias diplomáticas antes del 15 de abril de 2027.
Otros países que solicitaron mantener la definición de género del Estatuto de Roma en el nuevo tratado son Argentina, Argelia, Burkina Faso, Camerún, Egipto, Gambia, Ghana, la Santa Sede, Hungría, Irán, Malasia, Nigeria, la Federación de Rusia, Senegal, Turquía y otros. Los países europeos y los nórdicos, así como Canadá, Australia, Nueva Zelanda, México y Colombia, se mantuvieron a favor de eliminar la definición.
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