El Comité de los Derechos del Niño de la ONU promueve el aborto y socava los derechos de los padres en un nuevo comentario general
WASHINGTON D.C., 1 de agosto (C-Fam) El comité de derechos humanos de la ONU dedicado a la protección de los derechos del niño sigue apostando por el aborto para menores y en contra de los derechos de los padres en su próxima observación general centrada en el acceso de los niños a la justicia. El Gobierno de Argentina se ha pronunciado enérgicamente en contra.
El Comité de los Derechos del Niño es el órgano creado en virtud del tratado que supervisa el cumplimiento por parte de los países de la Convención sobre los Derechos del Niño, que es el tratado de derechos humanos de la ONU ratificado por la mayoría de las naciones, con la única excepción de Estados Unidos. Las observaciones generales del comité indican cómo interpretará los distintos artículos del tratado en sus diálogos con los Estados miembros.
El nuevo proyecto de observación menciona específicamente la falta de «acceso a servicios de aborto seguros para las adolescentes» como una cuestión que requiere «una reparación efectiva por la violación de los derechos del niño» en la que «el tiempo es esencial».
Argentina emitió fuertes críticas, afirmando que «el borrador requiere revisiones estructurales sustanciales». En concreto, Argentina señaló el uso del término «género» en lugar de «sexo» en varios párrafos y argumenta que la referencia al aborto viola tanto la soberanía nacional como los derechos de los padres. Además, el borrador confunde el acceso a la justicia, una garantía procesal, con «el cumplimiento integral de los derechos».
Argentina sugiere que todo el artículo podría ser redundante, ya que «ya se ha abordado en casi la mitad de las observaciones generales del Comité de los Derechos del Niño, incluidas dos dedicadas específicamente a este tema». En resumen, «en su forma actual, excede el mandato del Comité en virtud de la Convención y la Carta de las Naciones Unidas, violando el principio de buena fe en la interpretación de los tratados».
La extralimitación del Comité de los Derechos del Niño, en particular en la cuestión del aborto, se remonta a décadas atrás. A finales de la década de 1990, comenzó a instar a los países a liberalizar sus leyes sobre el aborto. En 2003, el comité publicó una observación general sobre la salud de los adolescentes en la que instaba a los países a proporcionar acceso a «servicios de aborto seguro» cuando no fuera contrario a la ley. En 2013, el comité publicó otra observación general sobre la salud de los adolescentes. Esta vez, abandonó toda deferencia hacia las leyes nacionales sobre el aborto y desaconsejó exigir el permiso de los padres para acceder a un «aborto seguro».
En 2016, el comité publicó una observación general sobre los derechos del niño durante la adolescencia en la que pedía la despenalización del aborto y garantizaba el acceso a las adolescentes embarazadas.
Lo más grave es que, en 2014, el comité ordenó a la Santa Sede, que había ratificado el tratado, que cambiara sus enseñanzas sobre el aborto y la homosexualidad, lo que provocó una fuerte respuesta por parte de los funcionarios del Vaticano.
Al igual que los demás tratados fundamentales de derechos humanos de las Naciones Unidas, la Convención sobre los Derechos del Niño no menciona el aborto y, de hecho, contiene algunos de los términos más provida de todos los tratados de las Naciones Unidas. En su preámbulo, el tratado establece que los niños deben ser protegidos antes y después del nacimiento.
Algunas organizaciones de la sociedad civil también expresaron su preocupación por la observación general prevista por el comité. El Instituto Ordo Iuris para la Cultura Jurídica expresó su preocupación por el uso de la terminología «género» en el contexto del acceso de los niños a la justicia, ya que podría dar lugar a situaciones como la de Canadá, donde un padre fue encarcelado por oponerse a que su hija menor recibiera testosterona como parte de su «transición de género». Argumentaron que estos casos «no proporcionan acceso a la justicia del niño, sino más bien un daño irreversible a un sujeto que aún no ha alcanzado la madurez».
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