EDITORIAL: Ponente de la ONU Dice que Muerte por Aborto Fallido es Ejecución Extrajudicial

By Stefano Gennarini, J.D. | June 16, 2017

NUEVA YORK, 16 de junio (C-Fam) El ponente especial de la ONU en ejecuciones arbitrarias o extrajudiciales, Agnes Callamard, anuncio su punto de vista que cualquier muerte por aborto fallido cuenta como una ejecución extrajudicial si ocurre en un país que protege a los niños en el vientre.

“Cuando la muerte de una mujer se puede vincular a la negación deliberada al acceso a cuidados que salvan vidas por una prohibición absoluta del aborto. Esto contaría como una ejecución arbitraria por género que sufren solo las mujeres,” fue lo que dijo a los cuarenta y siete miembros del Consejo de Derechos Humanos en Geneva la semana pasada.

Lamentablemente, ni una nación se objetó a la última maniobra de la burocracia de la ONU para usar su poder para crear el derecho al aborto por demanda.

Sin embargo, las naciones ricas y pobres tienen muchas razones para objetarse, a pesar de sus leyes para el aborto.

La teoría de la recién nombrada experta, como se detalla en su reporte, debilita los principios básicos del derecho internacional, y se mantiene altamente improbable.

Callamard unilateralmente extendió su propio mandato para cubrir no solo actos y omisiones cometidos por actores estatales – que se entiende es donde recaen los limites del mandato— sino también actos por ciudadanos privados, corporaciones y otros actores no estatales.

Ella predica el derecho a la vida y los derechos sociales y económicos, a pesar de que los derechos humanos vinculantes solo contemplan el derecho a la vida en contacto de prevenir deprivaciones al derecho de la vida arbitrarias por parte del estado.

La fusión de estas dos áreas de los derechos humanos antes separadas considera cualquier “negación delibrada a comodidades o servicios esenciales que salven la vida” una forma de ejecución extrajudicial “donde pueda ser probado que esta negación es delibrada, basada en la discriminación en la ley y práctica y donde el estado sepa hubiese sabido o debería haber sabido que resultaría en muerte.”

Además, Callamard presupone que el aborto es un “servicio de salud esencial.” En efecto, el sistema de la ONU incluye el aborto entre la lista de componentes básicos de la “salud sexual y reproductiva,” pero las naciones soberanas nunca han acordado esto como cuestión de derecho.

Tampoco la comunidad médica ha aceptado el aborto como un servicio que salve la vida. Callamard reclamo un “vincula directo” entre la criminalización del aborto y la mortalidad materna, citando las opiniones de la burocracia de derechos humanos de la ONU. Esta noción ha sido desaprobada repetidamente. Algunos de los países con las leyes de aborto más restrictivas en el mundo tienen los mejores resultados de salud materna, incluyendo a Irlanda, Chile, Malta, and Sri Lanka, entre otros.

Inclinándose al final normativo de los burócratas de la ONU que la ayudaron a compilar su reporte, Callamard arrojo la definición de genero acordada históricamente como equivalente a sexo en su reporte sobre un “enfoque sensible al género” para ejecuciones extrajudiciales.

En este contexto, genero incluye categorías como gay, bisexual, transgénero, y otros. No hay separación entre las esferas públicas y privadas en su enfoque “de género”. Cualquier forma de discriminación será considerada un abuso de derechos humanos, y no se permitiría ninguna excepción por mas razonable o justificable legalmente que sea. Ni se requiere el intento delibrado de un actor estatal.

No es sorpresa que la burocracia de la ONU ha aumentado las teorías legales para imponer el aborto como una obligación a los estados bajo la dirección de la activista abortista Kate Gillmore, quien es ahora la segunda al mando en la burocracia de derechos humanos de la ONU.

Uno se pregunta si habrá laguna esfera en la vida familiar, privada o pública que los burócratas de la ONU no puedan alcanzar basados en esta teoría de género. Este nuevo valiente mundo jurídico debe enviar un escalofrió por la columna de los gobiernos y sus abogados internacionales.